La estrategia del juez Puente analizada al detalle basándonos en el auto de prisión de hoy

¿Por qué Ábalos y Koldo van a prisión… y por qué ahora?

La jornada judicial de este 27 de noviembre marca un antes y un después en el llamado caso Koldo. La decisión del magistrado del Tribunal Supremo, Leopoldo Puente, de enviar a José Luis Ábalos a prisión provisional -acompañando a Koldo García y tras los meses que ha permanecido encarcelado Santos Cerdán- no es un gesto aislado, ni fruto de un impulso. Es, a todos los efectos, una estrategia procesal perfectamente calibrada, un movimiento de tempo milimétrico que revela la verdadera dimensión penal y política del caso.

1. Un paso que el juez había reservado para el final

El auto de 14 páginas dictado este jueves por el Supremo -al que ha tenido acceso Catnoticias- es transparente en un punto: la decisión no era posible hace unos meses.
El propio juez recuerda que en octubre existía un “riesgo cierto, aunque no suficientemente intenso” de fuga, y que las medidas cautelares hasta entonces vigentes eran aún adecuadas. ¿Qué ha cambiado? Tres elementos que el magistrado considera decisivos:

1) La instrucción está cerrada y los indicios “cristalizados”

El 3 de noviembre el juez dictó el auto que pone fin a la investigación: ahí quedaron fijados, con detalle, los hechos y los indicios que apuntan a Ábalos. Es decir: ya no estamos ante meras sospechas, sino ante un relato delictivo que el instructor considera sólido.

2) Las acusaciones han puesto sobre la mesa penas históricas

La Fiscalía solicita 24 años de prisión para Ábalos. La acusación popular, incluso más. El juez destaca que, incluso en la hipótesis más benévola, las penas mínimas sumarían más de 12 años. Ese horizonte penal convierte el riesgo de fuga en “extremo”.

3) El juicio será inminente… y la sentencia, firme

Al ser diputado, Ábalos solo puede ser juzgado por el Supremo. Eso significa que la sentencia no tendrá recurso y las penas comenzarían a ejecutarse de inmediato. Con esta combinación -indicios cerrados, penas desorbitadas y juicio sin apelación- la lógica del instructor es clara: si no era ahora, ¿cuándo?

2. La arquitectura de la estrategia judicial

El auto revela una secuencia precisa:

Primero, el juez permite que la instrucción avance sin tensar el escenario político, manteniendo medidas leves mientras el caso madura.

Segundo, espera a que las acusaciones concreten sus penas y validen la versión de los hechos recogida en la instrucción.

Tercero, una vez fijado el marco penal y el escenario procesal definitivo, gira la llave: prisión provisional para los principales acusados.

Es una estrategia de reloj, pensada para evitar que las cautelares se perciban como castigo anticipado, y blindar la decisión frente a un eventual recurso.

3. Las razones del procesamiento y encarcelamiento, con nombres y apellidos

El juez imputa a Ábalos una batería de delitos de enorme gravedad:

  • organización criminal,
  • cohecho continuado,
  • uso y aprovechamiento de información privilegiada,
  • tráfico de influencias (dos delitos),
  • malversación.

La Fiscalía detalla ocho piezas delictivas; la acusación popular, incluso más.

Pero lo que dispara la alarma del juez no es solo la gravedad jurídica, sino tres factores personales:

  1. Ábalos habría manejado “importantes cantidades de dinero opaco”, incluso en metálico, suficientes para sostener una fuga.
  2. Tiene contactos internacionales relevantes, incluyendo vínculos con la fundación Fiadelso y bienes o relaciones económicas en el extranjero.
  3. No necesita esperar a una larga cadena de recursos: en pocos meses sabrá si pasa más de una década en prisión, sin margen para dilatar el proceso.

El cóctel convence al magistrado de que ya no bastan las presentaciones quincenales ni la retirada de pasaporte: solo la prisión “asegura racionalmente la celebración del juicio oral”.

4. ¿Es presión para forzar colaboración? El juez lo niega, pero el contexto habla

La defensa de Ábalos acusó a las acusaciones de buscar una “declaración colaborativa”. El juez responde que es una “especulación” y añade que, llegado este punto del procedimiento, poco podría aportar ya el exministro. Formalmente, tiene razón: la instrucción está finiquitada.

Pero desde un punto de vista práctico, político y humano, la prisión provisional es un elemento que reconfigura cualquier estrategia de defensa: un acusado que se enfrenta a 20 o 30 años de prisión entra en otra fase psicológica. Es, como mínimo, una presión indirecta e inevitable del sistema.

5. El tempo: por qué el Supremo ha encadenado las tres prisiones

El caso no avanza por impulsos, sino por fases claramente diferenciadas:

Cerdán: Encarcelado por riesgo de destrucción de pruebas en plena instrucción. Fue la etapa “operativa”.

Koldo: Pieza central, con riesgo de fuga y papel activo en la trama. Su encarcelamiento abre la fase punitivo-procesal.

Ábalos: La prisión llega tras el cierre formal de la investigación y con el juicio ya visible. Es la fase de consolidación.

El mensaje implícito es inequívoco: el Supremo busca llegar al juicio con todas las variables bajo control, impedir fugas, evitar ruido procesal y garantizar que el procedimiento avance sin sobresaltos.

6. Consecuencias políticas inmediatas

La entrada en prisión de un diputado en activo es un hito institucional único en nuestra historia reciente y extraordinario. El auto será enviado al Congreso, que deberá decidir si suspende sus funciones parlamentarias. Y el Gobierno de Sánchez afronta ahora el mayor desgaste político del caso, porque Ábalos era miembro del núcleo duro del PSOE en la época de los hechos.

El Supremo no solo ha encarcelado a Ábalos: ha marcado el ritmo final del proceso. La estrategia del juez Puente se apoya en una secuencia temporal medida al milímetro:  cerrar, acusar, evaluar el riesgo y actuar. No es una decisión impulsiva ni una maniobra política. Es el movimiento que el propio auto anuncia entre líneas: el punto en el que indicios, penas e inminencia convergen en la única medida posible.

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