El órgano arbitral justifica la decisión como una medida de precaución, al considerar que el sistema de verificación de identidad mediante dispositivos móviles no ofrece aún garantías suficientes para un proceso electoral. En particular, se señalan dudas sobre la posibilidad de comprobar de forma segura los códigos de verificación en las mesas electorales.
Desde el Ministerio del Interior se defiende que el DNI digital cuenta con plena validez jurídica y un nivel alto de seguridad, pero la Junta Electoral ha optado por priorizar la confianza en el sistema electoral mientras no se implementen mecanismos técnicos adicionales.
La decisión supone, en la práctica, que los ciudadanos deberán identificarse exclusivamente con documentos físicos el día de la votación. La suspensión tiene carácter temporal y se mantendrá hasta que se asegure un sistema de verificación plenamente fiable.