El motivo de tales sentencias favorables es el cumplimiento de la Ley 39/1981, de 28 de octubre, en la que se regula el uso de la bandera de España y el de otras banderas y enseñas. La retirada de banderas no reconocidas legalmente, así como otros signos que inundaron los espacios públicos como el lazo amarillo, han sido desde su fundación los motivos de su existencia y perdurabilidad en el tiempo.
Hace un par de días los brigadistas publicaron un tuit en la Red X en el que se quejan por el celo de los mossos d’esquadra, concretamente en Santa Coloma de Farners, en su actuación contra ellos en lugar de contra los infractores. Recordemos que la colocación de dichas esteladas está prohibida por el Tribunal Supremo y el TSJC en espacios e instituciones públicas.
El tuit es el siguiente:
🖍️Comunicado de la Unión de Brigadas.
— 🤝ASOCIACIÓN🇪🇸 UNIÓN DE BRIGADAS🇪🇸 (@uniondebrigadas) September 15, 2025
El 11 de septiembre del presente año,
🫵Por tercera vez en poco tiempo , agentes de los @mossos de la comisaría de Santa Coloma de Farners han requisado nuestras herramientas mientras realizábamos labores de retirada de esteladas del espacio… pic.twitter.com/6Dhcm3Apc8